Límites de responsabilidad en operaciones de M&A
Introducción a los límites de responsabilidad en operaciones de M&A
Uno de los aspectos que más preocupa tanto a compradores como a vendedores en las operaciones de M&A y compraventa de empresas es la definición de los límites temporales y cuantitativos por los que el vendedor va a responder de los daños y contingencias que puedan surgir, derivadas de actuaciones anteriores a la transacción.
La fijación de estos límites es uno de los temas que más conflictos genera y suele erigirse como piedra angular de las negociaciones.
Así, la parte vendedora querrá que el límite temporal y cuantitativo de responsabilidad sea lo más breve y reducido posible, mientras que la parte compradora buscará lo contrario: maximizar el plazo y el importe por el que se va a responder (y, por tanto, a indemnizar).
Para cubrir estas materias, es habitual incluir en los contratos que regulan las transacciones de M&A cláusulas que distribuyen el riesgo de posibles pasivos latentes entre compradores y vendedores, las cuales suelen completarse con limitaciones temporales y cuantitativas (tanto mínimas como máximas).
Límites cuantitativos en operaciones de M&A
Límite máximo de responsabilidad
En los contratos de compraventa de empresas dentro de operaciones de M&A complejas, es habitual incluir un “cap”, es decir, un importe máximo por el que la parte vendedora responderá frente a la compradora (y, en su caso, frente a la sociedad) por aquellos daños derivados de su anterior gestión.
Este cap suele fijarse en base a un porcentaje sobre el importe total recibido por el vendedor con motivo de la venta. En función de la transacción, este límite puede situarse entre el 20% y el 100% del precio recibido, o incluso ser superior.
Así, con independencia del daño que se genere en la sociedad o al comprador por pasivos latentes o contingencias originadas por el vendedor, éste sólo responderá hasta ese importe previamente fijado.
Franquicia, basket o deducible
Además de establecer el máximo por el que se responderá, es habitual que la parte vendedora quiera introducir ciertos límites mínimos (minimis) que fijan umbrales indemnizatorios; es decir, a partir de qué importe es responsable el vendedor.
El minimis exige que la suma de daños supere un mínimo antes de que la parte compradora pueda iniciar una reclamación frente al vendedor, y este límite puede articularse de diferentes formas:
- En un tipping basket, se fija un importe mínimo de responsabilidad y, una vez superado ese mínimo, el vendedor indemniza todas las pérdidas desde el primer euro.
Por ejemplo, en un tipping basket de 50.000 euros con daños totales de 51.000 euros, el comprador no puede reclamar nada hasta alcanzar dicho mínimo, pero una vez alcanzado, el vendedor responde íntegramente por los 51.000 euros de daño. - En un esquema de deductible, el vendedor sólo responderá por el exceso sobre el umbral.
Siguiendo el ejemplo anterior, el vendedor indemnizará solo por 1.000 euros (el exceso sobre los 50.000). - En esquemas híbridos, el vendedor asumirá parte del daño por debajo del basket y el 100% del exceso.
Por ejemplo, con un 50% del basket y un 100% del exceso, el vendedor respondería por 26.000 euros (50% de 50.000 + 1.000 del exceso). - Otra cláusula habitual es el mini basket, que establece que cada daño individualizado que compute a efectos del basket ha de tener un importe mínimo (por ejemplo, reclamaciones inferiores a 500 o 1.000 euros no se computan).
Cada uno de estos mecanismos cumple una función distinta:
- El tipping basket beneficia al comprador.
- El deductible y el mini basket favorecen al vendedor.
- Los esquemas híbridos permiten equilibrar la carga y la responsabilidad.
Estos mecanismos cuantitativos son esenciales para equilibrar los intereses de ambas partes en operaciones de M&A internacionales o nacionales.
Límites temporales en operaciones de M&A
Además de determinar hasta qué importe responderá el vendedor, es fundamental fijar por qué plazo temporal lo hará.
En las operaciones de M&A es habitual regular dos tipos de límites temporales, según el tipo de daño o reclamación:
- Para reclamaciones administrativas (tributarias, de seguridad social, etc.), suele fijarse como límite el plazo de prescripción legal, a veces ampliado algunos meses.
- Para reclamaciones de terceros (proveedores, clientes, etc.), los plazos pueden oscilar entre 12 y 48 meses.
Indemnities en operaciones de M&A
Existen excepciones a los límites anteriores.
Es habitual que los contratos exceptúen determinados daños o contingencias —especialmente los detectados durante el proceso de due diligence— por su relevancia o probabilidad de materialización.
En muchos casos, estas excepciones se recogen en un side letter (no público) que establece que ciertas contingencias no estarán sujetas a límites temporales ni cuantitativos, o bien tendrán límites distintos, generalmente más favorables para el comprador.
Las indemnities en operaciones de M&A tienen un papel clave al proteger al comprador ante daños previsibles, blindando su posición frente a riesgos identificados.
Otros mecanismos de protección en operaciones de M&A
Además de los límites e indemnities, los contratos de compraventa suelen prever mecanismos de compensación de pagos, permitiendo al comprador deducir de futuros pagos al vendedor (por ejemplo, de un earn-out o pago aplazado) el importe de las reclamaciones indemnizatorias que le correspondan.
También existen otros mecanismos de protección, como:
Ambos permiten gestionar y asegurar la responsabilidad de las partes ante contingencias futuras.
Conclusión
La negociación de los límites de responsabilidad en una operación de M&A es un ejercicio clave de distribución de riesgos entre comprador y vendedor.
Los mecanismos analizados —límites cuantitativos como el cap y los distintos tipos de basket, junto con los límites temporales— no son meras cláusulas legales, sino herramientas estratégicas de negociación que buscan equilibrar certeza y protección.
Las indemnities y otros mecanismos como seguros W&I o cuentas escrow añaden sofisticación y previsibilidad, reduciendo el riesgo y facilitando el cierre de la transacción.
Una estructuración cuidadosa de estos elementos es esencial para alcanzar acuerdos sólidos y sostenibles en cualquier operación de M&A.
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