Reducción por reserva de capitalización

1. Medidas fiscales que contribuyen al despliegue de los puntos de recarga de vehículos eléctricos

El artículo 14 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, establece la obligación de las Administraciones de adoptar medidas que permitan alcanzar, en el año 2050, un parque de vehículos sin emisiones directas de CO₂, conforme a la normativa comunitaria.

En este contexto, el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, introduce medidas fiscales que afectan a los tributos locales, con el fin de fomentar la movilidad eléctrica y garantizar una cobertura mínima de puntos de recarga en la red transeuropea de transporte (RTE-T).

Dichas medidas se concretan en los siguientes impuestos:

1.1. Medidas fiscales en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Se prevé que las ordenanzas fiscales puedan regular una bonificación de hasta el 50 % de la cuota íntegra del impuesto a favor de los bienes inmuebles en los que se hayan instalado puntos de recarga para vehículos eléctricos.

1.2. Medidas fiscales en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Se contempla la posibilidad de que las ordenanzas locales bonifiquen hasta el 50 % de la cuota correspondiente del impuesto para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que hayan instalado puntos de recarga en los locales afectos a su actividad económica.

1.3. Medidas fiscales en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)

Se establece una bonificación de hasta el 90 % a favor de las construcciones, instalaciones u obras necesarias para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos.

En los tres casos, la bonificación estará condicionada a que las instalaciones cuenten con la homologación de la Administración competente.

2. Medidas fiscales para reducir el coste de las facturas de la luz y del gas natural

La escalada del precio de la electricidad y del resto de materias primas energéticas (gas, petróleo y carbón) ha llevado al Gobierno a aprobar medidas fiscales para aliviar el coste de las facturas de luz y gas.

Estas medidas se detallan a continuación:

2.1. Medidas fiscales en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Se prorroga hasta el 30 de abril de 2022 la aplicación del tipo reducido del 10 % del IVA para los suministros eléctricos de los perceptores del bono social que tengan reconocida la condición de vulnerable severo o en riesgo de exclusión social, con independencia del precio del mercado mayorista.

También se mantiene hasta esa fecha la aplicación del 10 % del IVA a todos los contratos con potencia inferior a 10 kW, siempre que el precio medio mensual del mercado mayorista del mes anterior haya superado los 45 €/MWh.

2.2. Medidas fiscales en el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE)

Se mantienen hasta el 30 de abril de 2022 los tipos impositivos mínimos, con la reducción del 5,11269632 % al 0,5 %, aliviando la carga fiscal sobre la electricidad.

2.3. Medidas fiscales en el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE)

Se prorroga la suspensión temporal del impuesto hasta el 30 de abril de 2022.

Para el ejercicio 2022, la base imponible estará constituida por el importe total percibido por la producción e incorporación al sistema eléctrico, minorado en las retribuciones correspondientes a la electricidad incorporada durante el primer trimestre natural.

Los pagos fraccionados se calcularán según el valor de la producción acumulada y aplicando el tipo impositivo previsto en el artículo 8 de la Ley 15/2012, deduciendo los pagos previos efectuados.

3. Medidas fiscales para reparar los daños ocasionados por la COVID-19

Se prorrogan las reducciones de los tipos del IVA aplicables a las mascarillas quirúrgicas y al material sanitario.

Por un lado, se mantiene hasta el 30 de junio de 2022 el tipo superreducido del 4 % del IVA en la entrega, importación y adquisición intracomunitaria de mascarillas desechables.

Asimismo, se mantiene hasta el 30 de junio de 2022 el tipo del 0 % del IVA para el material sanitario destinado a combatir la COVID-19, siempre que los destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro o centros hospitalarios.

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