Beneficios mercantiles de la Ley de Startups para empresas emergentes
En el presente post recordamos las novedades mercantiles introducidas por la Ley 28/2022, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, que entró en vigor el 23 de diciembre de 2022, conocida comúnmente como la Ley de Startups (en adelante también la “Ley”).
Recomiendo, como lectura complementaria para entender mejor la norma, el artículo que explica cuáles son los requisitos para tener la condición de empresa emergente y los beneficios fiscales aplicables a la misma.
Hay que tener en cuenta que los beneficios y medidas de apoyo introducidas por la referida Ley solo se aplican a las empresas emergentes mientras mantengan dicha condición o hasta que hayan transcurrido los plazos previstos en cada caso.
Es decir, se trata de medidas dirigidas a apoyar a las empresas innovadoras en los inicios de su actividad, por lo que deberá ser de nueva creación o no llevar inscritas en el Registro Mercantil más de cinco años o siete si se trata de empresas de biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia íntegramente en España.
Debe tenerse en cuenta que, cuando la empresa pertenezca a un grupo de empresas (en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio), el grupo o cada una de las empresas que lo componen deberá cumplir con los requisitos previstos en esta norma.
Además, no podrán acogerse a los beneficios de esta Ley aquellas empresas emergentes fundadas o dirigidas, por sí o por persona interpuesta, que no estén al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, hayan sido condenadas por sentencia firme por determinados delitos (administración desleal, insolvencia punible, delitos societarios, blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, entre otros), o hayan perdido la posibilidad de obtener subvenciones o contratar con la Administración.
Flexibilización de la autocartera en la Ley de Startups
Partiendo de la base de que la mayoría de las startups adoptan la forma jurídica de sociedades de responsabilidad limitada, esta Ley flexibiliza el régimen de autocartera con la finalidad de que puedan ejecutar un plan de retribuciones. Esta medida de la Ley de Startups refuerza los mecanismos de incentivación en las empresas emergentes.
Así, la Junta General podrá autorizar la adquisición de participaciones propias, con un límite de un 20 % del capital social, para su entrega a administradores, empleados u otros colaboradores de la empresa.
Para que esta autorización sea posible:
- Debe estar previsto en los estatutos el sistema de retribución
- El acuerdo de la Junta General deberá reflejar:
- El número máximo de participaciones
- El valor de referencia
- El plazo de duración del plan
Adicionalmente, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Las participaciones deben estar íntegramente desembolsadas
- El patrimonio neto no puede quedar por debajo del capital social más reservas
- La adquisición debe producirse dentro de los cinco años
En caso de incumplimiento, se aplicarán las consecuencias previstas en el artículo 139 de la Ley de Sociedades de Capital.
Esta medida, junto con los beneficios fiscales asociados, puede impulsar nuevamente los planes de stock options, frente a alternativas como las phantom shares.
Inversión extranjera en la Ley de Startups: simplificación administrativa
Para facilitar la inversión extranjera, se reducen los requisitos burocráticos para inversores personas físicas no residentes en España.
En concreto:
- Ya no es obligatorio obtener un NIE
- Basta con disponer de un NIF
La Agencia Estatal de Administración Tributaria deberá resolver la solicitud en un plazo de 10 días hábiles.
No obstante, si no se acredita la inversión en el plazo de seis meses, la AEAT podrá revocar el NIF asignado.
Inscripción registral en la Ley de Startups: plazos y ventajas
El plazo para la inscripción en el Registro Mercantil se reduce a:
- 5 días hábiles con carácter general
- 6 horas hábiles utilizando estatutos tipo
La Ley de Startups reduce los plazos registrales para facilitar la agilidad en la constitución y funcionamiento de las empresas emergentes.
Se prevé la posibilidad de ampliación por causas técnicas o complejidad, con obligación de notificación por parte del Registrador.
Asimismo, la Ley permite:
- La inscripción de pactos de socios
- La publicidad registral de los mismos
- La inclusión de prestaciones accesorias vinculadas a dichos pactos
Reducción de costes notariales y registrales en startups
Las empresas emergentes que utilicen los trámites simplificados:
- Se benefician de aranceles notariales y registrales reducidos
- Quedan exentas del pago de tasas en la publicación en el BORME
Causa de disolución y pérdidas en la Ley de Startups
Hasta que transcurran tres (3) años desde su constitución, las empresas emergentes:
- No incurrirán en causa de disolución por pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social
- Siempre que no proceda solicitar la declaración de concurso
Se trata de una medida que introduce una flexibilización temporal del régimen societario, permitiendo mayor margen de desarrollo en fases iniciales. En definitiva, la Ley de Startups configura un marco mercantil más flexible que favorece el crecimiento de las empresas emergentes.
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