La “cláusula Telefónica” en los ERE: análisis de José Luis Valverde para El Confidencial
En los últimos años, la llamada “cláusula Telefónica” ha vuelto a la actualidad a raíz de distintos Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) en grandes compañías. Esta normativa, que obliga a determinadas empresas a realizar aportaciones económicas al Tesoro Público cuando despiden a trabajadores mayores de 50 años, genera todavía muchas dudas sobre su aplicación real.
Para arrojar luz sobre esta cuestión, José Luis Valverde, socio del área Laboral de Devesa, ha analizado en El Confidencial algunos de los puntos más polémicos de esta regulación. A continuación, resumimos sus principales conclusiones.
¿Qué resultados económicos se tienen en cuenta cuando el ERE afecta a varias empresas del mismo grupo?
Uno de los aspectos que más confusión genera es cómo se analiza la situación económica cuando el ERE se aplica en varias sociedades. Según Valverde, lo habitual es que la aplicación del ERE -y, por extensión, cualquier posible efecto relacionado con la cláusula Telefónica– se valore únicamente en función de la empresa que inicia el procedimiento, sin tener en cuenta los resultados globales del grupo.
El experto recuerda que sería ilógico impedir el cierre de una actividad claramente deficitaria solo porque otra empresa del grupo, con actividad distinta, presente beneficios. Por ello, la evaluación debe hacerse de manera individual.
Sin embargo, cuando existe un grupo patológico de empresas, la perspectiva cambia. Si hay confusión de plantillas, unidad de caja o una dirección única, se considera que todas las empresas operan como una sola. En ese escenario, la situación económica global del grupo también puede influir en la aplicación del ERE y en la posible activación de la cláusula Telefónica.
Durante el periodo de consultas, incluso si no existe grupo patológico, es obligatorio presentar la documentación económica de todas las empresas para garantizar que no se han manipulado los resultados -por ejemplo, mediante desvío de actividad o venta de activos- con el fin de evitar efectos como los derivados de la cláusula Telefónica.
Según explica Valverde, lo habitual es que únicamente se valoren las causas económicas de la empresa que aplica el ERE, sin tener en cuenta los números del resto de sociedades del grupo en
¿Se aplica la “cláusula Telefónica” cuando la empresa presenta pérdidas?
La respuesta no es tan simple. La llamada “cláusula Telefónica”, recogida en la Disposición Adicional 16ª de la Ley 27/2011, establece que una empresa está obligada a realizar aportaciones al Tesoro Público tras un ERE si cumple todos estos requisitos:
- Afecta a empresas con más de 100 trabajadores (o grupos que sumen al menos esa plantilla).
- Despide a un porcentaje elevado de empleados mayores de 50 años, por encima del porcentaje que representan en la plantilla total.
- Ha obtenido beneficios, ya sea:
- en los dos ejercicios anteriores al ERE,
- o en dos ejercicios consecutivos dentro de un periodo de cinco años (el año anterior al ERE y los cuatro posteriores).
Esto significa que sí puede darse el caso de que la empresa tenga pérdidas en el año del ERE, e incluso en el siguiente, pero aun así deba pagar la aportación al Tesoro. Bastaría con que en los años tercero y cuarto posteriores volviera a obtener beneficios.
En palabras de Valverde, la clave está en que la ley exige beneficios en dos ejercicios consecutivos dentro del periodo previsto. Si eso ocurre, la obligación se activa, aunque en el momento de realizar el ERE la empresa estuviera atravesando un ciclo económico negativo.
Conclusión
La normativa que regula la “cláusula Telefónica” es compleja y exige un análisis profundo de la estructura empresarial, la documentación económica y la evolución de los resultados. Las aportaciones al Tesoro no dependen únicamente de la situación puntual en el año del ERE, sino de un marco temporal mucho más amplio.
Las explicaciones de José Luis Valverde, socio laboral de Devesa, permiten comprender mejor cómo se aplica esta obligación y en qué escenarios una empresa puede verse afectada por ella, incluso en situaciones de pérdidas temporales.