Reducción por reserva de capitalización

Los incentivos retributivos a directivos se han convertido en una herramienta clave en la estrategia empresarial actual. En el mundo actual de la empresa, el equipo humano, especialmente el de alta dirección, es un activo determinante en la buena marcha del negocio, pues con su compromiso y acierto pueden hacer crecer de manera exponencial un proyecto empresarial, bien desde una start up en sus fases más iniciales hasta una empresa ya consolidada que debe reenfocar su estrategia para ser más competitiva en el mercado.

Cualidades como el liderazgo, la gestión de equipos, la visión comercial, la coordinación de proyectos o la eficiencia operativa recaen normalmente en altos directivos que las compañías contratan con la intención de mejorar su organización, buscando constantemente fórmulas para retribuirlos de manera que permanezcan vinculados, motivados y alineados con los intereses de la empresa.

Incentivos retributivos a directivos: Stock Option Plan como fórmula tradicional

Una de las fórmulas que tradicionalmente se han empleado, normalmente en sociedades cotizadas o Sociedades Anónimas, es el establecimiento de un plan de opciones sobre acciones (Stock Option Plan), en el que podemos identificar diferentes momentos:

  • Momento de la concesión, donde se reconoce al directivo un derecho de compra sobre un número de acciones, a un precio prefijado y dentro de un plazo determinado.
  • Momento del ejercicio de la opción, por el que adquiere las acciones a un precio inferior al de mercado en ese momento.
  • Puede existir un tercer momento, si se produce posteriormente la venta de las acciones adquiridas, lo que puede generar un rendimiento adicional para el directivo.

Este sistema de incentivos retributivos supone para el empleado tener que desembolsar un importe (aunque sea reducido) para ejercitar la opción y producirá efectos fiscales en el momento del ejercicio, al considerarse que se devenga una retribución en especie (rendimiento del trabajo en el IRPF, imputable a la base general y sometido a la escala progresiva de gravamen estatal y autonómica, cuyos tipos efectivos dependen de la Comunidad Autónoma de residencia del contribuyente), por la diferencia entre el valor de compra y el valor de mercado de las acciones, debiendo realizarse el correspondiente ingreso a cuenta.

Incentivos y exenciones fiscales en planes de acciones

Sólo en el caso de planes reconocidos con carácter general para todos los empleados o todos los de un grupo o subgrupo de sociedades, pueden tener una exención en el IRPF de hasta 12.000 euros anuales, siempre que las mantengan al menos tres años y no participen directa o indirectamente (incluyendo familiares hasta segundo grado) en la sociedad en más de un 5 % con carácter previo.

No obstante, en el caso de empresas emergentes, conforme a la normativa vigente, la exención puede alcanzar hasta 50.000 euros anuales, y no resulta exigible que la entrega de acciones se realice en las mismas condiciones para todos los empleados, siempre que el plan se enmarque dentro de la política retributiva general de la empresa y fomente la participación de los trabajadores en el proyecto empresarial.

Para el supuesto habitual en el que entre el momento de la concesión y el ejercicio de la opción exista un período de generación superior a dos años, podrá aplicarse la reducción del 30 % prevista en el artículo 18.2 de la Ley del IRPF, sobre un importe máximo de hasta 300.000 euros anuales.

Sin embargo, deben cumplirse determinados requisitos, entre ellos que este tipo de retribuciones, bonos o incentivos no sean recurrentes en el tiempo y que no se haya aplicado dicha reducción por retribuciones similares en los cinco años anteriores.

Incentivos tras la venta de acciones: tributación en IRPF

En caso de posterior venta de las acciones por parte del directivo, se le dará el tratamiento de ganancia patrimonial en su IRPF (renta del ahorro, sometida a los tipos fijos vigentes del 19 %, 21 %, 23 %, 27 % y 30 %, aplicándose este último tipo a las bases del ahorro superiores a 300.000 euros), por la diferencia entre el valor de mercado del momento de su adquisición y el que tengan cuando las venda.

Incentivos retributivos mediante Phantom Shares

En el caso del Phantom Share, el directivo no llega a adquirir acciones, sino que se reconoce una retribución vinculada al incremento de valor de las acciones de la empresa durante un período determinado. Esta fórmula facilita su aplicación en empresas de menor tamaño, Sociedades Limitadas y empresas familiares.

La principal ventaja para el empleado es que no debe realizar desembolso alguno, ya que funciona como un bonus, cuyo importe económico se calcula en función del aumento de valor de las acciones durante el período fijado. Al igual que en los Stock Option Plan, si el período de generación es superior a dos años, puede aplicarse la reducción del 30 %, siempre que se cumplan todos los requisitos legales.

Incentivos variables y bonus ligados a objetivos empresariales

Además de estos sistemas, existe la posibilidad de reconocer bonus o incentivos variables vinculados al rendimiento o a la consecución de determinados objetivos o proyectos, y siempre condicionados a la permanencia del trabajador en la empresa en el momento del devengo. Se trata, en definitiva, de reconocer y retribuir los logros alcanzados, fomentando la fidelización del talento clave.

Cada incentivo requiere un análisis detallado de su fiscalidad, ya que la Administración Tributaria, aunque permite aplicar determinadas reducciones, es cada vez más restrictiva, exigiendo el cumplimiento estricto de todos los requisitos y de los criterios emitidos por la Dirección General de Tributos.

Resulta hoy en día imprescindible planificar adecuadamente estos sistemas retributivos, combinando sueldo fijo, variables e incentivos, y anticipando todos los aspectos legales y fiscales. Solo así las empresas pueden competir en un mercado complejo contando con un equipo directivo motivado y reconocido, la mejor garantía para generar crecimiento y crear valor para los accionistas.

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