
¿Qué se considera acoso laboral y qué consecuencias tiene?
El término anglosajón “mobbing” significa acoso moral o psicológico, y se define como la práctica ejercida en las relaciones personales —especialmente en el ámbito laboral— consistente en un trato vejatorio y descalificador hacia una persona con el fin de desestabilizarla psíquicamente.
Es un concepto desarrollado por la jurisprudencia laboral para describir situaciones de hostigamiento hacia un trabajador mediante violencia psicológica prolongada, que provoca aislamiento social en el entorno laboral, ansiedad y, en ocasiones, el abandono del puesto de trabajo ante el estrés generado.
Manifestaciones del acoso laboral
El acoso laboral se manifiesta a través de múltiples formas, entre ellas:
- Medidas organizativas: No asignar tareas, asignar tareas degradantes, repetitivas o imposibles de cumplir.
- Aislamiento social: Impedir la comunicación con compañeros, superiores o clientes; no dirigirle la palabra.
- Ataques personales: Críticas hirientes, burlas, vejaciones, subestimaciones.
- Violencia verbal o física: Insultos, amenazas, rumores constantes.
Elementos fundamentales del acoso laboral
Para que una conducta sea considerada acoso laboral, deben concurrir los siguientes elementos:
- Existencia de una relación laboral o funcionarial.
- Actos hostiles o humillantes reiterados y desarrollados de forma sistemática en el tiempo.
- Gravedad objetiva de los actos, que generen un perjuicio moral.
- Intencionalidad de dañar la integridad moral del trabajador, aunque no se produzca daño a su salud mental.
Tipos de acoso laboral
- Acoso vertical: Proviene de un superior jerárquico.
- Acoso horizontal: Proviene de un compañero de trabajo.
Ambos causan un daño psíquico real y afectan la convivencia profesional normal del trabajador.
Diferencias entre acoso laboral y otros conflictos
No toda situación tensa en el trabajo es acoso laboral. Se deben distinguir:
- Exigencias rigurosas o errores en la gestión empresarial, sin intención de dañar emocionalmente.
- Estrés profesional derivado de la tecnificación, precariedad o incompatibilidad laboral-familiar.
- Maltrato esporádico o condiciones inadecuadas, sin reiteración o intencionalidad.
- Desavenencias o enfermedades previas del trabajador, que no constituyen acoso moral como tal.
Consecuencias del acoso laboral
El acoso laboral tiene serias implicaciones legales en el ámbito laboral y, en algunos casos, también penal:
En el ámbito laboral:
- Sanción al empresario que lo consienta o no lo impida, según el artículo 8.11 del RD 5/2000. Es una infracción muy grave, sancionable con multas de entre 3.005,77 € y 90.151,82 €.
- Responsabilidad empresarial en recargos sobre prestaciones de la Seguridad Social (incapacidad temporal o invalidez permanente).
En el ámbito penal:
En función de la gravedad y consecuencias del acoso, puede constituir un delito de acoso (artículo 173 del Código Penal), así como coacciones o lesiones.
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