Antiguo 0706-2019

En los últimos años, con motivo del avance de las nuevas tecnologías, la popularización del uso de internet y de los dispositivos electrónicos, el teletrabajo, la actividad laboral fuera de las dependencias de la compañía, ha sufrido un cambio drástico, sin que ese cambio haya sido abordado adecuadamente por el legislador.

Por este motivo, los próximos artículos los vamos a dedicar a analizar la situación actual del teletrabajo, partiendo de los principios básicos, de sus características comunes, hasta los problemas que tienen las empresas para implantarlo o algunas recomendaciones para que las compañías puedan incluirlo como método de flexibilización laboral.

Contexto actual del teletrabajo en España

Pese a que en la reforma laboral de 2012 se modificó el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores para definir esta figura como herramienta que permite la prestación de servicios desde el domicilio del empleado o, alternativamente, en el lugar elegido por éste, mediante el uso de nuevas tecnologías, existe un claro déficit regulatorio que desincentiva la implementación del teletrabajo.

Actualmente, sólo el Acuerdo Marco Europeo sobre el teletrabajo de 2002, y el Acuerdo Interconfederal para la negociación colectiva de 2003 suscrito por patronal y sindicatos en nuestro país, establecen una serie de principios generales que hacen referencia expresa al teletrabajo, habiendo sido trasladados a algunos convenios colectivos y, especialmente, a las grandes corporaciones y multinacionales y a algunas Comunidades Autónomas.

Varios convenios colectivos de ámbito sectorial, han venido fijando un marco genérico para el teletrabajo, recurriéndose en muchas ocasiones a las recomendaciones fijadas por instrumento de la Inspección Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo NTP 412, a modo de código de buenas prácticas.

Por el contrario, determinados planes, acuerdos o convenios suscritos en grandes empresas, sí que han fijado unas reglas concretas teniendo en cuenta sus necesidades organizativas, entendiendo este teletrabajo como una herramienta para incrementar la productividad ciertos empleados y ofrecerles un marco de flexibilidad propicio para favorecer la conciliación entre la vida profesional y personal.

Principios básicos del teletrabajo

En el actual artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores se establece unos principios básicos como son:

  •  Se debe llevar a cabo preponderadamente en el domicilio del empleado o, alternativamente, en el lugar elegido por éste.
  •  Las condiciones deben acordarse por escrito y estar sujetas a ciertas formalidades.
  • Los trabajadores a distancia poseen los mismos derechos que quienes prestan sus servicios en un centro de trabajo, salvo aquellos inherentes a la realización de la prestación laboral en éste.
  • Se debe asegurar el acceso de los trabajadores a distancia a la formación profesional y su conocimiento de posibles vacantes, a los efectos de favorecer su promoción interna.

A partir de este análisis legislativo del teletrabajo en la actualidad, en los próximos artículos veremos algunas deficiencias en la regulación de este sistema laboral, los problemas de gestión de las compañías respecto a este tema y algunos consejos a seguir por las empresas para implantar el teletrabajo de forma efectiva.

 

José Luis Valverde
Responsable del área Laboral en Devesa&Calvo Abogados

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