Accidente laboral in itinere (I): definición y puntos básicos.
A partir de este artículo, pretendemos iniciar una serie de textos sobre el accidente in itinere, con el objetivo de aportar claridad a esta cuestión y detallar las diferencias que existen dentro de este específico tipo de accidentes que pueden sufrir los trabajadores.
En el siguiente artículo nos centraremos en los puntos básicos del accidente laboral in itinere, mientras que en los posteriores abordaremos las particularidades que se dan en la práctica sobre esta materia.
¿Qué entendemos por accidente in itinere?
Aunque en principio pudiera parecer que la definición de accidente laboral in itinere es sencilla —al establecerse expresamente en las normas legales de aplicación que deberá considerarse como tal el sufrido por un trabajador al ir o volver de su lugar de trabajo—, en la práctica nos encontramos con situaciones tan diversas que ha sido necesario que esta definición sea interpretada por la jurisprudencia, atendiendo a las circunstancias concretas de cada caso.
Estas interpretaciones judiciales han dado lugar a escenarios curiosos, como considerar accidente de trabajo in itinere la caída sufrida por un trabajador en el portal del edificio donde reside, pero no si la caída se produce en el porche de una vivienda unifamiliar, pese a tratarse de una situación similar.
Requisitos para considerar un accidente laboral como accidente in itinere
El artículo 156 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, define expresamente el accidente laboral como toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.
Por tanto, para que un accidente pueda calificarse como accidente de trabajo, deben cumplirse tres requisitos fundamentales:
- Que exista una lesión corporal.
- Que el accidentado sea trabajador por cuenta ajena.
- Que exista un nexo causal entre el trabajo y la lesión.
En el caso del accidente in itinere, este se producirá cuando el trabajador sufra un accidente al ir o volver del lugar de trabajo, y para ello deben cumplirse las siguientes condiciones:
- Que el domicilio del trabajador sea el habitual.
- Que el medio de transporte utilizado sea el normal o idóneo.
- Que el trayecto seguido sea el adecuado, aunque no necesariamente el mismo cada día.
- Que el tiempo invertido en el desplazamiento sea razonable, sin interrupciones injustificadas.
Estas son las notas definitorias básicas que deben tenerse en cuenta para determinar si un accidente puede considerarse laboral in itinere. Sin embargo, en la práctica se presentan situaciones dudosas que requieren la interpretación de juzgados y tribunales, como veremos en los próximos artículos de esta serie, donde abordaremos casos reales y los criterios judiciales aplicados en cada uno.
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