Subcontratación en cadena en la construcción: riesgos reales y criterios actuales de la Inspección de Trabajo (ITSS)
La subcontratación en cadena es una práctica habitual y, en muchos casos, necesaria para ejecutar obras complejas en el sector de la construcción. Sin embargo, también constituye una de las principales fuentes de sanciones, paralizaciones de obra y responsabilidades solidarias derivadas de las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).
En este análisis abordamos los riesgos reales de la subcontratación, la normativa aplicable y los criterios actuales de la ITSS, con especial enfoque en empresas del middle market que necesitan operar con seguridad jurídica y controlar los costes de su cadena subcontratada.
¿Qué se considera subcontratación en cadena en la construcción?
Existe subcontratación en cadena cuando un contratista principal subcontrata parte de la obra y ese subcontratista, a su vez, vuelve a subcontratar trabajos con terceros, generando varios niveles de ejecución.
Es especialmente habitual en actividades como:
- Estructuras y encofrados
- Albañilería
- Instalaciones (electricidad, climatización, fontanería)
- Acabados
- Movimientos de tierra
- Mantenimiento industrial
La Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en la construcción permite esta estructura, pero exige el cumplimiento estricto de:
- Límites máximos de niveles de subcontratación
- Inscripción y mantenimiento en el Registro de Empresas Acreditadas (REA)
- Obligaciones de Coordinación de Actividades Empresariales (CAE)
¿Qué empresas están en el punto de mira de la Inspección?
La ITSS concentra sus actuaciones en:
- Contratistas principales con equipos propios mezclados con personal de terceros
- Subcontratistas privilegiados que operan como “mini contratistas” gestionando varios equipos externos
Estos actores ocupan posiciones críticas en la cadena y suelen tener un papel determinante en la dirección real de la obra, uno de los aspectos más vigilados por la Inspección.
Principales riesgos de la subcontratación en cadena para las empresas
1. Cesión ilegal de trabajadores (el riesgo más frecuente)
La ITSS aprecia cesión ilegal cuando:
- El subcontratista aporta mano de obra, pero no medios materiales
- Los trabajadores externos reciben órdenes directas del contratista principal
- El personal subcontratado se integra en los turnos o cuadrillas internas
Consecuencias:
- Los trabajadores pueden reclamar ser indefinidos del contratista principal
- Salarios, antigüedad e indemnizaciones asociadas
- Multas de hasta 225.000 €
2. Responsabilidad solidaria en salarios y Seguridad Social
El contratista principal responde solidariamente del cumplimiento de:
- Pago de salarios
- Cotizaciones a la Seguridad Social
- Indemnizaciones
En un sector con márgenes ajustados, estos costes pueden convertir una obra rentable en un proyecto deficitario.
3. Sanciones y paralización de obra por superar los niveles permitidos de subcontratación
La ITSS puede imponer:
- Actas de infracción
- Reestructuración inmediata de la cadena
- Paralización de obra en casos de descontrol organizativo
4. Sanciones relacionadas con el Registro de Empresas Acreditadas (REA)
Los errores más habituales son:
- Inscripciones caducadas
- Empresas no inscritas trabajando en obra
- Actividades declaradas que no coinciden con las realmente ejecutadas
5. Riesgos en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Con varios subcontratistas en obra son frecuentes:
- Falta de comunicación de cambios de personal
- Ausencia de certificados de formación obligatoria
- Documentación CAE duplicada, contradictoria o incompleta
En caso de accidente, la ITSS analiza toda la cadena, pudiendo derivar responsabilidad al contratista principal por fallos en coordinación o vigilancia.
¿Qué revisa la ITSS en caso de accidente o en actuaciones planificadas?
La inspección se centra en:
- Formación obligatoria (TPC/TPM, nivel básico, oficios)
- Protocolos de coordinación entre empresas
- Adecuación del plan de seguridad al sistema real de trabajo
- Entrevistas para verificar quién ejerce la dirección efectiva
- Existencia de mandos del contratista principal dirigiendo personal externo
- Medios materiales utilizados
Las sanciones por infracciones en PRL oscilan entre:
- 2.451 y 49.180 € (infracciones graves)
- 49.181 y 983.736 € (muy graves)
La ITSS puede sancionar simultáneamente a contratista principal, subcontratistas e incluso al promotor.
El recargo de prestaciones: la responsabilidad más gravosa
Tras un accidente, la Inspección puede imponer un recargo del 30 % al 50 % sobre todas las prestaciones de Seguridad Social del trabajador afectado.
Este recargo es especialmente crítico porque:
- No es asegurable
- Es personal y directo
- No admite reducción ni fraccionamiento
- Puede extenderse a prestaciones de largo o vitalicio devengo (IP, viudedad, orfandad)
En cadenas de subcontratación, puede aplicarse al contratista principal incluso si el accidentado depende de un subcontratista con estructura insuficiente.
Criterios actualizados de la Inspección de Trabajo en 2025
La ITSS ha intensificado los controles mediante:
1. Cruces masivos de datos
- REA
- Libro de Subcontratación
- Altas y bajas
- Accidentes comunicados vía Delt@
Cualquier incoherencia activa alertas.
2. Comprobación del poder de dirección real
El contrato importa menos que la realidad de la obra.
3. Detección de empresas sin medios propios
Las empresas que solo aportan mano de obra se consideran intermediarias prohibidas.
4. Cadena de subcontratación excesivamente larga
La recomendación técnica: no superar tres niveles, salvo justificación documentada.
Recomendaciones para empresas del middle market
1. Auditoría interna de subcontratación
Contratos, nóminas, cotizaciones, medios materiales y realidad organizativa.
2. Protocolos claros de coordinación
Definir quién puede dar instrucciones y documentar entregas y supervisiones.
3. Control estricto del Libro de Subcontratación
Debe coincidir con la realidad en obra.
4. Exigir medios materiales y estructura real a los subcontratistas
Evita cesión ilegal y fortalece la solvencia jurídica de la cadena.
5. Revisión periódica del REA
Propio y de todas las empresas que acceden a la obra.
Conclusión: prevenir es más rentable que corregir
La subcontratación en cadena es esencial para el sector, pero se encuentra en el centro de las actuaciones actuales de la ITSS. Para las empresas constructoras, anticiparse, controlar la cadena y acreditar una coordinación efectiva es la clave para evitar sanciones, paralizaciones y responsabilidades económicas de gran impacto.
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