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En este post en el blog de Devesa & Calvo Abogados en Alicante, Benidorm y Valencia, vamos a tratar una herramienta fundamental para documentar operaciones internacionales y válida en muchos países: la apostilla de la Haya.

¿Qué es la apostilla de la Haya?.

Es un procedimiento que agiliza sensiblemente la legalización de documentos públicos cuando existe un componente de internacionalidad, es decir, cuando se precisa probar la validez o autenticidad de un documento en otro estado. Se trata de una vía de legalización y autentificación muy empleada en el ámbito del Comercio internacional.

Se llama apostilla de la Haya porque tiene su origen en la Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado de 5 de octubre de 1961. Con el paso de los años muchos países se adhirieron a dicha Conferencia, también denominada Convención de la Haya, hasta alcanzar la cifra actual de 79 Estados miembros. España ratificó la Convención de la Haya el 10 de abril de 1978. En desarrollo de dicha ratificación, el gobierno español promulgó el actual Real Decreto 1497/2011, de 24 de octubre, que es el que establece quienes son las autoridades competentes para emitir la apostilla de la Haya según el tipo de documento a apostillar. Dicho Real Decreto, que sustituye y actualizada el Real Decreto originario de octubre de 1978, incorpora la importante novedad de poder apostilla digitalmente documentos de tipo judicial y administrativo, confiriéndole el mismo valor jurídico que a la apostilla emitida en soporte papel.

¿Cómo funciona la apostilla de la Haya?.

El procedimiento es muy sencillo. La autoridad competente en cada Estado miembro del Convenio de la Haya, emite y sella con la apostilla el documento público que se presenta a legalizar (los documentos privados no pueden apostillarse). Dicha apostilla ha de tener forma cuadra con un mínimo de  centímetros de lado como mínimo, y contiene unas menciones básicas que son las establecidas por la Convención de la Haya (país, quién firma la apostilla y en calidad de qué cargo público, número de apostilla, fecha de emisión y firma de la autoridad que la otorga).

En España en concreto, la autoridad competente para apostillar documentos notariales son los decanos de los Colegios Notariales ó en su defecto en quién estos hayan delegado las funciones de apostilla.

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