NIE

Cuando se nos presenta en nuestro Despacho una operación con un elemento internacional, la primera pregunta que realizamos a nuestro cliente extranjero es: ¿Tienes el NIE?

Esto es así ya que toda operación en el tráfico económico-jurídico realizado en nuestro país, ya sea por persona física o jurídica extranjera, requiere de la tenencia y previa asignación de un Número de Identificación de Extranjero (NIE para individuos y representante legales de una empresa extranjera) y C.I.F, letra (N) para la propia sociedad extranjera.

Sin embargo, se ha de hacer una breve precisión dada la confusión y las reiteradas preguntas que nos presentan diariamente respecto de lo siguiente: no se ha de confundir con la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero). El NIE es el Número de Identificación de Extranjero en España, es obligatorio y necesario para realizar cualquier operación del tráfico económico-jurídico en territorio nacional como puede ser la compraventa de un inmueble o la constitución de una empresa o la participación de otra sociedad extranjera en ella. Por su parte, la TIE, correspondería a la tarjeta de DNI de los nacionales españoles y se entrega una vez autorizada la residencia en España mediante un procedimiento administrativo.

Diferencia entre el NIE y TIE

La gran diferencia por tanto, entre el NIE y la TIE no es solo su soporte (folio de papel o tarjeta de plástico duro) sino que el NIE, no tiene por qué tener aparejada una autorización de trabajo o residencia, sino que es la simple atribución de un número de identificación. En cambio, sí la TIE, que contendrá el número de NIE, en su día asignado, se entrega una vez tramitado un expediente administrativo para residir o trabajar en España con resultado favorable. Se puede tener NIE sin residir en España y no se puede tener TIE, sin residir en España (con la única excepción de los beneficiarios de la autorización de residencia y trabajo por inversión (Golden Visa) cuya residencia efectiva).

El procedimiento de obtención del NIE es muy sencillo. Se puede solicitar en cualquier Oficina de extranjería, Comisaría de la Policía Nacional preferiblemente en el lugar donde se va a operar, o ante la autoridad consular de España en el país de origen o de residencia del extranjero.

Procedimiento para obtener el NIE

El procedimiento requiere de solicitar cita previa en los distintos organismos y presentar la siguiente documentación:

  • Modelo EX15 debidamente cumplimentado determinando el motivo de la emisión del NIE (intereses económicos, sociales o profesionales)
  • Pasaporte original y copia de todas las páginas del mismo, si se es ciudadano extracomunitario
  • Justificación del motivo de la solicitud
  • Tasa pagada (modelo 790 código 012)

Por último, nos gustaría indicar de la posibilidad de obtenerlo a través de representación, otorgando un poder ante Notario o autoridad consular competente. Se recomienda que se especifique expresamente una autorización para solicitud y retirada del NIE. Dado que el trámite no se realizará personalmente por el extranjero y portante de su pasaporte, la solicitud del NIE por este medio requiere que el pasaporte sea cotejado y legitimado.

Lucía Cremades
Responsable del área internacional en Devesa & Calvo Abogados

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