El droit de suite: regulación y cumplimiento en la compraventa de obras de arte
El mercado del arte secundario presenta una particularidad que lo hace diferente de otros sectores: las obras de arte pueden experimentar una importante revalorización con el paso de los años. Una pieza que fue adquirida inicialmente por un determinado precio puede alcanzar, en una posterior venta, un valor muy superior como consecuencia de la trayectoria alcanzada por el artista, la evolución del mercado o el reconocimiento adquirido por la obra.
Ante esta situación, el ordenamiento jurídico reconoce al artista un mecanismo destinado a permitirle participar económicamente en esa revalorización. Se trata del denominado derecho de participación o droit de suite, mediante el cual el creador, y posteriormente sus herederos, pueden percibir una cantidad vinculada al precio obtenido en determinadas reventas de sus obras.
Qué es el droit de suite
El droit de suite nació en Francia a comienzos del siglo XX como respuesta a una situación que se estaba haciendo cada vez más evidente en el mercado del arte: determinadas obras adquiridas a los artistas por cantidades relativamente modestas podían alcanzar, años después, precios muy elevados en el mercado secundario, sin que el creador participara en esa revalorización.
Mientras coleccionistas, galeristas y otros operadores podían obtener importantes beneficios con la reventa, el artista no recibía ninguna cantidad adicional por el aumento de valor de su propia creación. En este contexto surgió el droit de suite, concebido como un derecho de carácter económico que permitiera al artista beneficiarse también de la evolución del valor de su obra en el mercado secundario. Su denominación francesa puede traducirse literalmente como “derecho de seguimiento o de sucesión”, precisamente porque permite al artista seguir económicamente la trayectoria de determinadas obras después de su primera venta.
En definitiva, la finalidad de este derecho es introducir un cierto equilibrio en las relaciones económicas que se generan alrededor de una obra de arte. El artista no solo obtiene una remuneración por la creación y primera venta de la obra, sino que puede participar también en el incremento de valor que esta experimente posteriormente, siempre que la reventa se produzca en las condiciones previstas legalmente.
Regulación del droit de suite
El droit de suite está regulado en el artículo 24 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI). Esta norma reconoce a determinados autores de obras de arte un derecho a percibir una participación económica sobre el precio obtenido en las posteriores reventas de sus obras. Constituye un derecho específico dentro del ámbito de la propiedad intelectual que, pese a ser relativamente desconocido fuera del sector profesional del arte, puede tener una incidencia económica significativa en determinadas operaciones de compraventa.
Su importancia resulta especialmente evidente cuando una obra ha experimentado una considerable revalorización desde su adquisición inicial. En estos casos, la posterior transmisión puede generar un derecho económico a favor del artista o de sus herederos, siempre que la operación se encuentre dentro del ámbito de aplicación previsto por la legislación.
Droit de suite en la compraventa de obras de arte
Para propietarios, coleccionistas, galerías, marchantes y demás profesionales que intervienen en el mercado del arte, conocer previamente si una determinada reventa está sujeta a este derecho resulta fundamental. El droit de suite puede afectar al coste efectivo de la operación y debe ser tenido en cuenta a la hora de determinar las condiciones económicas de la venta, especialmente cuando esta se realiza a través de una galería, una casa de subastas o cualquier otro profesional del mercado.
Pero ¿a quién corresponde asumir este coste? Hay que distinguir entre quién está obligado frente al artista o a la entidad de gestión y quién soporta finalmente el coste económico. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el asunto Christie’s c. SNA (C-41/14), admitió que el vendedor profesional puede repercutir ese coste al comprador, siempre que se respete el régimen legal del derecho de participación.
Por tanto, en una compraventa a través de una galería, casa de subastas o marchante, lo habitual es que el profesional sea quien ingresa el importe correspondiente al droit de suite al autor, beneficiario o a la entidad de gestión, aunque económicamente ese importe pueda haberse trasladado al comprador como parte de las condiciones de la operación.
No se trata de un derecho aplicable a cualquier transmisión de una obra. Para que nazca esta obligación deben concurrir determinados requisitos relacionados tanto con la naturaleza de la obra como con la forma en que se realiza la transacción. La normativa establece un sistema progresivo, de manera que a cada parte del precio se le aplica el porcentaje correspondiente a su tramo. Las cantidades resultantes deben ser abonadas por el sujeto obligado al pago (el vendedor profesional o intermediario) al autor de la obra o a la entidad de gestión colectiva que actúe en su representación.
Límites del droit de suite
Este derecho tiene límites temporales y económicos. El droit de suite puede ejercerse durante toda la vida del autor y, tras su fallecimiento, sus herederos o derechohabientes lo podrán ejercer durante 70 años desde el 1 de enero del año siguiente a su muerte. Asimismo, existe un límite en la cuantía por cada operación de reventa, que no podrá superar los 12.500 euros. Por tanto, aunque el cálculo por tramos arroje una cantidad superior a los 12.500 euros, la participación queda limitada a esta cuantía.
Herederos y droit de suite
Cuando el artista ha fallecido, la identificación de sus herederos o de los titulares del derecho de participación puede requerir una comprobación específica de la documentación sucesoria y de la situación de los derechos de propiedad intelectual del autor. En España, una primera vía de consulta puede ser VEGAP (Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos), entidad de gestión que administra los derechos de numerosos artistas visuales y que puede facilitar información sobre la representación de un determinado autor y, en su caso, orientar sobre la manera de contactar con los beneficiarios de este derecho.
La correcta identificación de esta obligación permite, además, evitar conflictos o reclamaciones posteriores y facilita una adecuada planificación de la operación. Esta cuestión adquiere especial importancia en el caso de colecciones familiares, transmisiones de obras adquiridas hace décadas o piezas cuyo valor de mercado se ha incrementado sustancialmente desde su compra.
Qué revisar sobre el droit de suite antes de vender una obra de arte
En definitiva, antes de proceder a la venta de una obra de arte conviene analizar no solo su valor de mercado y las consecuencias fiscales de la operación, sino también si concurren las circunstancias que determinan la aplicación del derecho de participación. La revisión de los contratos, las condiciones de venta y las obligaciones que corresponden a cada una de las partes puede evitar costes inesperados y proporcionar mayor seguridad jurídica a la transacción.
Además, dado que las operaciones sobre obras de arte pueden presentar particularidades tanto desde el punto de vista jurídico como fiscal, resulta recomendable valorar cada caso de manera individual y contar con asesoramiento especializado antes de formalizar la compraventa o cualquier otra transmisión.
Desde Devesa, podemos ayudar a realizar operaciones de compraventa de obras de arte con todas las garantías jurídicas, analizando cada caso de forma individual y asegurando el cumplimiento de los requisitos legales aplicables, incluido el derecho de participación (droit de suite). Nuestro asesoramiento permite anticipar estas obligaciones y evitar que cuestiones que pueden parecer accesorias se conviertan posteriormente en un problema si no son contempladas desde el primer momento.
FAQ sobre el droit de suite
¿Qué es el droit de suite?
El droit de suite, también denominado derecho de participación, es el derecho que permite al autor de una obra de arte participar económicamente en determinadas reventas posteriores de su obra. Tras el fallecimiento del artista, este derecho puede corresponder a sus herederos o derechohabientes.
¿Dónde se regula el droit de suite en España?
El droit de suite está regulado en el artículo 24 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI).
¿Se aplica el droit de suite a cualquier compraventa de una obra de arte?
No. El droit de suite no se aplica a cualquier transmisión. Para que nazca esta obligación deben concurrir determinados requisitos relacionados con la naturaleza de la obra y con la forma en que se realiza la operación.
¿Quién debe asumir el coste del droit de suite?
Debe distinguirse entre quién está obligado frente al artista o a la entidad de gestión y quién soporta finalmente el coste económico. En determinadas operaciones realizadas a través de una galería, casa de subastas o marchante, el coste del droit de suite puede trasladarse al comprador como parte de las condiciones de la operación.
¿Cómo se calcula el droit de suite?
El droit de suite se calcula mediante un sistema progresivo, de forma que a cada parte del precio de reventa se le aplica el porcentaje correspondiente a su tramo.
¿Existe un límite máximo para el droit de suite?
Sí. La cuantía correspondiente al droit de suite en una operación de reventa no puede superar los 12.500 euros, aunque el cálculo por tramos arroje una cantidad superior.
¿Durante cuánto tiempo puede ejercerse el droit de suite?
El droit de suite puede ejercerse durante toda la vida del autor y, tras su fallecimiento, por sus herederos o derechohabientes durante 70 años desde el 1 de enero del año siguiente a su muerte.
¿Qué ocurre con el droit de suite cuando el artista ha fallecido?
Cuando el artista ha fallecido, puede ser necesario identificar a sus herederos o titulares del derecho de participación y comprobar la documentación sucesoria y la situación de los derechos de propiedad intelectual del autor.
¿Por qué conviene revisar el droit de suite antes de vender una obra de arte?
Porque puede tener incidencia en el coste efectivo de la operación. Analizar previamente si resulta aplicable el droit de suite, junto con los contratos, las condiciones de venta y las obligaciones de las partes, puede ayudar a evitar costes inesperados y reclamaciones posteriores.
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