¿En qué supuestos se pueden compensar o absorber las condiciones laborales superiores al convenio?
Condiciones laborales más beneficiosas: concepto y requisitos
Las condiciones laborales más beneficiosas en el ámbito laboral no aparecen especificadas ni definidas por una norma, sino que se han ido precisando e interpretando por la jurisprudencia y la doctrina judicial. Se configuran como un mecanismo de garantía en la adquisición y protección de derechos del trabajador, limitando la autonomía de las partes intervinientes en el contrato de trabajo.
Lo primero que debemos aclarar es que no toda mejora o situación ventajosa en las condiciones laborales del trabajador constituye una condición más beneficiosa, sino que deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Debe ser realmente un beneficio o derecho que mejore la situación laboral de un trabajador.
- Debe tener un objeto lícito que supere los mínimos legales y convencionales sobre la materia.
- Debe nacer de la voluntad empresarial de introducir una mejora en el contrato de trabajo. Esta es la cuestión más controvertida de los requisitos.
No constituyen condiciones más beneficiosas las liberalidades concedidas unilateralmente por el empleador, en tanto que estas tienen carácter revocable y no suponen ni que el trabajador haya adquirido la condición, ni que esta vaya a mantenerse o reiterarse en un futuro, ni que haya quedado incorporada al nexo contractual, requisito indispensable para que pueda hablarse de condición más beneficiosa.
Modificación o supresión de condiciones laborales más beneficiosas
Una vez establecido cuándo nos encontramos ante una condición más beneficiosa para el trabajador, y aunque debemos recordar que el empresario no puede unilateralmente modificar o suprimir el beneficio concedido, lo cierto es que estas condiciones más beneficiosas no son inmutables, irreversibles ni permanentes.
En este sentido, es posible proceder a modificarlas o suprimirlas en los siguientes supuestos:
1. Acuerdo o pacto entre empresa y trabajador
Evidentemente, la existencia de un acuerdo o pacto entre el trabajador y el empresario permite modificar la condición más beneficiosa, en tanto que esta perdura mientras las partes no convengan o pacten otra cosa.
2. Entrada en vigor de una norma legal o colectiva posterior más favorable
Otro hecho que permitiría modificar una condición más beneficiosa sería la entrada en vigor de una norma legal o colectiva posterior más favorable que la compense o neutralice.
3. Renuncia del trabajador a la condición más beneficiosa
Aunque no pueden modificarse o suprimirse por la simple voluntad del empresario, sí puede hacerse por la simple voluntad del trabajador, que puede renunciar al disfrute de la condición más beneficiosa o bien tomar una decisión que conlleve su supresión.
En este sentido, esta declaración de voluntad es irreversible y no es posible reclamar nuevamente la aplicación de la condición más beneficiosa disfrutada con anterioridad.
4. Modificación sustancial de las condiciones laborales
La vía más habitual es cumplimentar los trámites legalmente establecidos para realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, regulada en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
Esta decisión empresarial puede ser impugnada por el trabajador afectado ante los juzgados de lo social competentes, para lo que deberá ejercitar la acción correspondiente en el plazo de 20 días hábiles siguientes a la notificación por escrito de la decisión a los trabajadores.
5. Aplicación de la cláusula “rebus sic stantibus”
Otra de las vías admitidas para suprimir o modificar las condiciones más beneficiosas es la aplicación de la cláusula “rebus sic stantibus”, que garantiza el cumplimiento de las obligaciones mientras no varíen las circunstancias bajo las cuales se originaron.
La posible aplicación de esta cláusula debe ser interpretada de manera restrictiva y excepcional por los Juzgados y Tribunales que conozcan de la posible impugnación efectuada por el trabajador ante la decisión empresarial adoptada.
En cualquier caso, la aplicación de los supuestos contemplados en los apartados 4.º y 5.º para suprimir o modificar la condición más beneficiosa requiere que el empleador pruebe la certeza de la causa invocada como justificación de la medida.
Absorción y compensación de condiciones laborales superiores al convenio
La absorción o compensación como forma de neutralizar estas condiciones más beneficiosas es la cuestión más controvertida, porque suele ser utilizada de manera indebida por el empresario.
En este sentido, debemos indicar que la jurisprudencia ha sostenido como requisito imprescindible para que operen la absorción y la compensación que los conceptos sean homogéneos, atendiendo a las condiciones, modo y extensión de dicha condición más beneficiosa, siempre que ello no suponga disponer de ningún derecho necesario ni de los reconocidos como indisponibles por convenio colectivo.
Aunque será necesario evaluar las circunstancias de cada caso concreto, podemos concluir que la condición más beneficiosa será absorbible cuando su título constitutivo la califique como tal, o bien cuando la mejora naciera como intrínsecamente compensable.
Reserva empresarial para modificar o extinguir condiciones laborales
En último lugar, existe la posibilidad de modificar dicha condición laboral más beneficiosa si se ha producido una reserva empresarial de la potestad de extinguirla o modificarla en el momento de concederla.
La jurisprudencia ha establecido que, en estos casos, debe concluirse que la empresa nunca tuvo voluntad inequívoca de consolidar estas condiciones en los contratos de trabajo de los trabajadores afectados. Esta voluntad inequívoca es uno de los requisitos constitutivos analizados al principio de este post y debe concurrir para que se entienda que existe dicha condición más beneficiosa.
Conclusión sobre las condiciones laborales más beneficiosas
En conclusión, las condiciones laborales más beneficiosas tienen su origen en una concesión unilateral y voluntaria del empresario que se encuentra incorporada al vínculo contractual por la regularidad, habitualidad y persistencia en su disfrute por el trabajador.
No obstante, estas condiciones no son inmutables, irreversibles ni permanentes, aunque sí están protegidas frente a los actos unilaterales del empresario que supongan su modificación o supresión.
FAQ sobre condiciones laborales más beneficiosas
¿Qué son las condiciones laborales más beneficiosas?
Las condiciones laborales más beneficiosas son mejoras concedidas por la empresa que superan los mínimos legales o convencionales y que, por su regularidad, habitualidad y persistencia, pueden quedar incorporadas al contrato de trabajo.
¿Toda mejora concedida por la empresa es una condición más beneficiosa?
No. Para que exista una condición más beneficiosa, debe tratarse de un beneficio real, lícito, superior a los mínimos legales o de convenio, y nacido de la voluntad empresarial de incorporarlo al contrato de trabajo.
¿Qué diferencia hay entre una condición más beneficiosa y una liberalidad empresarial?
La liberalidad empresarial es una concesión voluntaria y revocable que no genera un derecho consolidado para el trabajador. En cambio, la condición más beneficiosa puede quedar incorporada al vínculo contractual y gozar de protección jurídica.
¿Puede la empresa eliminar unilateralmente una condición más beneficiosa?
Con carácter general, no. La empresa no puede modificar o suprimir unilateralmente una condición laboral más beneficiosa sin acudir a los mecanismos legalmente previstos o sin que concurra una causa válida.
¿En qué casos pueden modificarse las condiciones laborales más beneficiosas?
Pueden modificarse, entre otros supuestos, por acuerdo entre empresa y trabajador, por una norma legal o colectiva posterior más favorable, por renuncia del trabajador, mediante modificación sustancial de condiciones de trabajo o, excepcionalmente, por aplicación de la cláusula rebus sic stantibus.
¿Qué es la absorción y compensación de condiciones laborales?
La absorción y compensación permite neutralizar determinadas mejoras laborales cuando concurren los requisitos exigidos por la jurisprudencia, especialmente que los conceptos afectados sean homogéneos y que no se vulneren derechos indisponibles.
¿Cuándo puede absorberse una condición laboral superior al convenio?
Una condición laboral superior al convenio puede ser absorbible cuando su título constitutivo lo prevea expresamente o cuando la mejora haya nacido como intrínsecamente compensable.
¿Qué importancia tiene la homogeneidad de los conceptos?
La homogeneidad es esencial. Para que opere la compensación o absorción, los conceptos deben ser comparables en su naturaleza, condiciones, modo y extensión.
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